Escudo Antiguo de Santiago de Cuba
Logo SantiagoenCuba.com
Inicio
Escudo Actual de Santiago de Cuba
 

Regulaciones Aduaneras

Hora en Santiago de Cuba
 Agregar como Página de inicio Agregar como Favoritos Contáctenos Recomendar a un Amigo

Bienvenidos a Santiago de Cuba

Sugerencias, Opiniones, Criterios ...

Todo pasajero puede traer consigo a Cuba exento del pago de Derechos de Aduana:

  • Sus efectos personales, entendiéndose por tales los artículos que un viajero pueda necesitar para uso personal en el transcurso del viaje.
  • Medicamentos, prótesis y sillas de ruedas para uso de personas enfermas y discapacitadas.
  • Libros y artículos para la enseñanza.

Además puede importar artículos sin carácter comercial hasta un límite en valor de 1000 pesos, de los cuales los primeros 50 pesos están exentos del pago de derechos y por el resto de 51 a 1000 pesos, debe pagar derechos aplicándosele la siguiente Tarifa Progresiva Ad–valorem:

 

Valoración en pesos cubanos

Tarifa Arancelaria Progresiva
Derechos de Aduanas a cobrar
Por c/Peso Hasta Acumulado
De $0.00 a $50.99
Exento
---- ---- $ 0.00
De $51.00 a $250.99
100%
$1.00 $200.00 $200.00
De $251.00 a $500.99
150%
$1.50 $375.00 $575.00
De $501.00 a $1,000.00
200%
$2.00 $1,000.00 $1,575.00
Total de Derechos de Aduana a pagar en caso de importar el máximo autorizado
$1,575.00

 

En la primera línea de la tabla están comprendidos los 50.00 pesos exentos del pago de derechos.

Los residentes permanentes en Cuba, con independencia de la nacionalidad, pagan en moneda nacional (pesos cubanos, CUP). Los residentes permanentes en el extranjero, con independencia de la nacionalidad, pagan en moneda libremente convertible (peso cubano convertible, CUC) aplicándose la tasa oficial de cambio.

Tanto a la entrada como a la salida el pasajero no podrá llevar consigo:

  • Drogas, estupefacientes y sustancias sicotrópicas o alucinógenas, salvo aquellas de uso médico acompañadas de la prescripción facultativa correspondiente.
  • Explosivos.
  • Armas de Fuego y municiones, salvo que tengan autorización expresa del Organismo Competente.
  • Hemoderivados.
  • Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación.
  • Especies protegidas por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora si no posee el Permiso expedido por la Autoridad Competente (Permiso CITES).

Prohibiciones a la Importación (Entrada):

  • Los siguientes equipos eléctricos: Freezers con una capacidad superior a 7 pies; acondicionadores de aire; cocinas y hornillas, incluyendo resistencias; hornos y microwaves; duchas; freidoras; calentadores de agua; planchas cuyo consumo exceda de 290 wats/hora sin rociado o de 703 wats/hora con rociado y vapor; tostadoras de pan.

Al salir del país se permite la libre exportación de hasta 50 tabacos habanos, si la compra es de más de 50 habanos se podrán exportar en su envase original, cerrados y sellados con el holograma oficial y además se deberá presentar la factura de su compra en un establecimiento acreditado para ello.

La extracción del país de obras de artes o antiguedades debe estar amparada por un permiso del Registro Nacional de Bienes Culturales, de la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura.